Anónimo ha dejado un nuevo comentario
Pues si, acaba de aparecer la reforma:
Tu crees que cuando voy a mi país, que es Cuba, y llevo comida o la mando de aquí para palear le necesidad de mi familia, encima me cobren por entrarla a los precios que Uds. les parezca?
Es de bestias!!!
Esa es la reforma tan cacareada?
Alejandro, cada día su gobierno, que no es el mío y aclaro, cae mas bajo.
No llevare ni mandare ni un paquete de café mas, conmigo se acabo!
Saludos
Nota
1. Estoy completamente en contra de que se restablezca la medida y no creo que resulte necesario, si el país no llega a producir la cantidad de alimento necesaria para el pueblo, donde constantemente las tiendas recaudadoras de divisa están desabastecidas con precios que dan ganas de llorar.
2. No creo que el poder adquisitivo haya mejorado mucho más desde el 2008 al 2012 (Los salarios siguen siendo los mismos y cada día hay menos productos ofertados y en muchos casos han aumentado de precio)
3. ¡Es increíble que pasen estas cosas! Ponerle impuesto a los alimentos no reduce la importación, para los que viven de ese negocio, con esto solo se afecta aún más al familiar que ayuda a su familia en Cuba.
4. Causará efecto bumerán que incrementará en un % los precios de estos y el único afectado una vez más será el pueblo, con esto no se regula la Bolsa Negra, al contrario incrementa el precio de esta.
Saludos
Alejandro Cruz
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Nota informativa:
Estimados pasajeros:
Desde el año 2008, como consecuencia de los daños y pérdidas ocasionados por los ciclones que azotaron nuestro país y su incidencia en lo económico y social, se autorizó temporalmente y de manera excepcional a los pasajeros cubanos residentes o no, la importación de alimentos exentos de pago de los derechos de aduana establecidos (arancel), lo que se ha mantenido hasta la fecha.
Teniendo en cuenta que próximamente se cumplirán 4 años de esta medida, resulta necesario restablecer y exigir, a partir del 18 de junio del presente año 2012, el pago de los derechos de aduana para la importación de alimentos por la vía de pasajeros, de acuerdo a lo regulado en el Decreto Ley No. 22, del 16 de abril de 1979 sobre el ¨Arancel de Aduanas de la República de Cuba, para las importaciones sin Carácter Comercial¨.
De igual forma, en aras de mantener la agilidad, la eficiencia y el buen trato de los pasajeros, durante el despacho aduanero, es importante destacar que la Resolución No. 11 del 2007 de la Aduana General de la República, en su resuelvo tercero establece que los alimentos son considerados misceláneas, procediendo el pago del arancel correspondiente, además en su resuelvo 5to, inciso c, se establece la exención de 10 kg de medicamentos a condición de que lo traiga separado del resto de los artículos.
La Aduana General de la República mantendrá informados a los pasajeros sobre cualquier otra indicación específica que se emita con relación a la importación de alimentos.
Para cualquier aclaración o información que se necesite, puede contactar a través de los siguientes teléfonos:
883-8282, 883-7575 y el 881-9732 (La Habana).
247015 Extensión 2265 (Ciudad de Matanzas).
513965 Extensión 119 (Ciudad de Cienfuegos).
227525 Extensión 220 (Ciudad de Villa Clara).
223613, 222951 Extensión 120 (Ciudad de Ciego de Ávila).
211809, 211303, 211504 Extensión 109 (Ciudad de Camagüey).
481801, 468594 (Ciudad de Holguín).
628991 Extensión 124 (Ciudad de Santiago de Cuba).
Aduana General de la República






